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Otra oportunidad para ampararse contra la ley del ISSSTE
Lic. Arturo Fernández Ramírez
arturferam@hotmail.com


Jueves 27 de Diciembre del 2007
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De acuerdo a información que se ha podido recabar, todo hace indicar que todos aquellos trabajadores que por alguna razón no tuvieron la oportunidad de promover el Amparo Indirecto en contra de la nueva ley del ISSSTE dentro del plazo que feneció en el mes de mayo de este año 2007 al contabilizarse treinta días hábiles posteriores a la entrada en vigor de dicha ley; todavía tienen otra oportunidad jurídica para impugnar en la vía jurisdiccional la inconstitucional nueva ley del ISSSTE.

Lo anterior obedece al hecho de que conforme a la teoría del derecho en materia de amparo y constitucional, las leyes se clasifican en autoaplicativas y heteroaplicativas. La Ley de Amparo establece diferentes plazos y condiciones para poder promover un amparo en contra de una ley según sea autoaplicativa o heteroaplicativa.

La doctrina jurídica dice que una ley autoaplicativa es aquella cuyas disposiciones resultan obligatorias desde su entrada en vigor (obligan al gobernado desde el mismo momento en que entran en vigor), esto es, que imponen al particular un hacer, dejar de hacer o de dar, sin que se requiera acto ulterior y concreto de aplicación para que se genere dicha obligatoriedad.

En otras palabras, la ley autoaplicativa es aquella que desde su sola vigencia afecta de manera directa al gobernado, independientemente de que se produzca o no un acto posterior de autoridad que la aplique de manera concreta.

Por su parte, una ley heteroaplicativa es aquella cuya obligatoriedad no surge en forma automática con su sola entrada en vigor, sino que para actualizar el perjuicio se requiere de un acto posterior que condicione su aplicación.

En este contexto, sin una ley es autoaplicativa, con la sola entrada en vigor está causando un perjuicio al gobernado y por ende, el plazo que la Ley de Amparo establece es de 30 días contados a partir de que entró en vigor esta ley.

Bajo este criterio, fue que el 17 de mayo de este año 2007 se venció el plazo para que se promoviera el respectivo Amparo Indirecto en contra de la ley del ISSSTE, ya que se consideró que desde su entrada en vigor causó perjuicios directos a los trabajadores al estar nulificando y conculcando muchos de sus derechos adquiridos desde antes de entrar en vigor esa ley; la sola vigencia de la ley afectaba de manera directa a millones de trabajadores.

Y son precisamente estos miles de amparos los que están pendientes de resolver por parte de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, ya hemos hablado al respecto en ocasiones anteriores.

Sin embargo, algunos especialistas en la materia consideran que la nueva Ley del ISSSTE es heteroaplicativa y que por lo tanto, los agraviados tienen todavía la oportunidad de impugnarla en amparo a partir del día en que en forma directa se les aplique, y entonces, de conformidad con el artículo 21 de la Ley de Amparo tendrán 15 días hábiles posteriores a esa aplicación para presentar su demanda.

Los anteriores argumentos se centran en el hecho de que si bien esta nueva ley entró en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación, también resulta cierto que conforme a los artículos transitorios, no entró en vigor en su totalidad al día siguiente de su publicación, ya que muchos artículos de la anterior continuaron vigentes y lo estarán hasta el 31 de diciembre de este año 2007.

Y por el contrario, varios artículos de la nueva ley del ISSSTE no entraron en vigor al día siguiente en que fue publicada este ley, sino que, acorde a los artículos transitorios, entrarán en vigor apenas el primero de enero del año 2008.

Básicamente estos artículos se refieren al pago, monto e integración de las cuotas que deben pagarse al ISSSTE, el definido Bono ISSSTE; así como la forma de administrar estas cuotas a través de una Administradora o del llamado PENSIONISSSTE; lo que constituye por un lado un perjuicio con el nuevo esquema de fijar las cuotas al Instituto y por otro lado, la privatización del sistema de ahorro para el retiro.

Resulta entonces que al entrar en vigor estos artículos el día primero de enero de 2008, se causará un perjuicio directo a los trabajadores porque a partir de ese momento se les aplicarán las nuevas cuotas que deberán pagar al ISSSTE y que en términos generales resultan superiores a las que se venían pagando con la ley anterior, resultando así un perjuicio directo a los agraviados y ese perjuicio tendrá vigencia a partir del primero de enero de 2008, surgiendo así la oportunidad de defenderse.

Por ello, análisis jurídicos nos llevan a la conclusión de que quienes no se ampararon en la primera oportunidad, que corrió del 2 de abril al 17 de mayo de 2007, lo pueden hacer del 2 al 22 de enero de 2008 al entrar en vigor los artículos 42, 75, 101, 193 y 199 de la citada nueva ley del ISSSTE, toda vez que el bono eleva los requisitos para el retiro y solamente se gozará de él si los trabajadores tienen los suficientes ahorros para contratar los servicios de una institución de seguros privada, nulificando así retroactivamente el derecho constitucional a una jubilación integral y solidaria.

En el entendido de que los que ya están amparados, los que sí promovieron el amparo en la primera oportunidad, no necesitarán presentar un nuevo amparo contra esos artículos, solo aquellos que por alguna u otra razón no promovieron el primer amparo y quieran defender sus derechos sociales que se vulneran con la nueva ley del ISSSTE.

Queda pues en manos de los millones de trabajadores que siendo afectados con esta nueva ley el aprovechar o no esta nueva oportunidad que si bien no será para impugnar la ley en su totalidad, sí lo será para atacar jurisdiccionalmente una de sus partes mas polémicas y violatorias de los derechos de los asegurados del ISSSTE. Y como se dice, que al menos por lucha no quede, o, no hay peor lucha que la que no se intenta. Comentarios y sugerencias al correo electrónico arturferam@hotmail.com

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